La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema deberá determinar si el expresidente Alejandro Toledo puede cumplir bajo arresto domiciliario el resto de su condena de 20 años y seis meses de prisión por el caso Carretera Interoceánica Sur, tramos 2 y 3, vinculado a la empresa Odebrecht.
El tribunal supremo declaró “bien concedido” el recurso de casación presentado por la defensa legal del exmandatario contra la resolución del 2 de septiembre de 2025, mediante la cual la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó el rechazo a su solicitud de sustituir la prisión efectiva por arresto domiciliario.
La decisión cuestionada fue emitida inicialmente el 9 de mayo de 2025 por el entonces juez Richard Concepción Carhuancho, quien desestimó el pedido de la defensa de Toledo para cambiar la modalidad de cumplimiento de su condena.
La Sala Penal Permanente, presidida por el juez supremo titular Víctor Prado Saldarriaga, consideró que el caso requiere desarrollar doctrina jurisprudencial para establecer si una persona mayor de 80 años necesita contar con una sentencia firme para cumplir una condena de prisión efectiva bajo comparecencia o arresto domiciliario por razones humanitarias.
Defensa invoca la Ley 32181
La defensa legal de Alejandro Toledo solicita al Poder Judicial que se aplique la Ley 32181, que contempla la posibilidad de que personas mayores de 80 años afronten sus condenas bajo detención domiciliaria por razones humanitarias.
Con la admisión del recurso de casación, la Corte Suprema deberá analizar los alcances de esta disposición y determinar si corresponde aplicarla al caso del expresidente. La decisión definirá si puede acceder al arresto domiciliario para cumplir el resto de su condena por el caso Interoceánica Sur.